¿Qué es la prescripción de una deuda?

La prescripción de una deuda es un medio de extinguir obligaciones por el paso del tiempo, al mismo tiempo que actúa como una especie de sanción para el acreedor que no se ha preocupado del cobro de su acreencia.

La prescripción determina que el deudor de un crédito puede liberarse del pago deuda sin hacerse cargo de ella y cumpliendo con la cantidad de tiempo definido por la ley y demás requisitos legales Esto libera al deudor y también le quita al acreedor su derecho de cobrar.

¿Qué tipos de prescripciones existen?

  • Adquisitiva: Es la prescripción que permite obtener el dominio de cosas pertenecientes a otra persona, todo esto tras haber poseído las cosas por un lapso de tiempo determinado por ley.
  • Extintiva: Es un modo de poner fin a las obligaciones. En este caso, se extinguen las acciones y derechos ajenos porque el titular (acreedor) no ejerció sus derechos o acciones por un lapso de tiempo determinado por la ley.

¿Cuando Prescriben Los Pagarés Y Letras De Cambio?

De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 18.092, los pagarés y las letras de cambio tienen un plazo de prescripción de 1 año  contado desde que el pagaré o la letra de cambio se ha hecho exigible, es decir, desde el momento en que el acreedor puede presentar a cobro judicial la deuda.

¿Cuando Prescriben Los Cheques?

La acción que nace de una obligación documentada en un cheque prescribirá  prescribirá en un año contado desde la fecha del protesto.

Generalmente, los otros tipos de deudas provienen de títulos ejecutivos como sentencias, copia autorizada de escritura pública y confesión judicial. Estos últimos prescribirán en un plazo de 3 años desde que la obligación que en ellos consta se haga exigible. A pesar de esto, es importante considerar que en ese plazo de 3 años se extingue y se pone término a la acción de cobro como ejecutiva.

Sin embargo, podrá cobrarse a través de un juicio ordinario por 2 años más.

¿Cuándo Prescriben Las Otras Deudas Comunes?

Existen otro tipo de deudas que no se encuentran documentadas en títulos ejecutivos, pero que aún así son susceptibles de prescribir. Los siguientes son sólo algunos ejemplos:

siguen la regla general de 5 años para la prescripción de las acciones de cobro.

Prescriben en 5 años.

Se aplicará la regla general, es decir prescriben en 5 años.

e aplica la regla general respecto a la prescripción, es decir, 5 años, aunque se ha discutido jurisprudencialmente, que esta prescripción podría ser de 3 años.

Se puede concluir que en todos aquellos casos en que la ley no ha establecido un plazo de prescripción especial para determinadas deudas, el plazo será el general, es decir, 5 años contados desde que se hizo exigible su cobro.

¿Quién Puede Solicitar La Prescripción?

La prescripción puede ser solicitada por el deudor o puede oponerse como excepción en un juicio ya iniciado. 

Respecto a lo anterior, lo primero será:

  • Solicitar la prescripción ante un tribunal civil, ya sea por vía de acción o de excepción.

  • Esta solicitud se debe hacer por escrito y se deben acreditar todos los requisitos de la prescripción.

  • Luego, el tribunal tendrá conocimiento de la solicitud y le dará un plazo a la contraparte para que señale lo que le parezca necesario. Posteriormente y con estos antecedentes, el juez declarará la prescripción.

¿Cuáles Son Los Requisitos Para Solicitar La Prescripción De Deudas?

  • Que las acciones se puedan prescribir. 
  • Que haya vencido el plazo durante el cual el acreedor no haya ejercido las acciones de cobranza respectivas. 

  • Que la prescripción se alegue. No es un proceso automático el de prescribir. Al contrario, se debe dar inicio a un proceso de prescripción en la instancia correspondiente.

Una vez declarada judicialmente la prescripción de la deuda, el acreedor tendrá 7 días para sacarnos del boletín comercial. Generalmente, los acreedores nunca realizan esta gestión por ello se tendrá que solicitar un certificado de deuda en alguna oficina de ChileAtiende y luego llevar el certificado a las oficinas de Equifax y una vez hecho esto, se solicita que se borre el registro de la deuda.

Para esta y más consultas en cuanto a procedimiento, opciones y alternativas en deudas, contacta a nuestros especialista agenda tu asesoría gratuita, continua tu vida con tranquilidad que nosotros nos hacemos cargo.

Arturo Valenzuela
Artículo escrito por:

Abogado, Gerente Legal y uno de los socios fundadores de Equipo Defensa.

Arturo Valenzuela es Fundador de Equipo Defensa . Trabajó durante 20 años en la Administración Pública, donde se interesó en los procesos informáticos. Actualmente funge como consultor Funcional Experto para SOAINT y se especializa en Legal Tech.

Pide una cita completamente Gratis
Campos marcados con (*) obligatorios
Procesos Automatizados
Estrategias innovadoras
Grupo 233

Nuestra empresa transforma la industria legal y comercial con el objetivo de automatizar procesos monótonos. Hemos realizado un minucioso levantamiento de nuestros procesos a fin de simplificar la vida de las personas, a través de un software para abogados sumamente inteligente que considera desde la captación comercial del potencial cliente, hasta el fin de la causa legal, con una serie de mecánicas y automatizaciones, haciendo uso de un robot que trabaja 24 horas al día conectado al Poder Judicial.