¿Que es la mediación familiar?

La mediación familiar es la instancia en la que dos partes enfrentadas llegan a un acuerdo con un tercero neutral que actúa como mediador que dirige el diálogo y ayuda a llegar a una solución.

La idea de la mediación es que las partes puedan presentar sus argumentos y llegar a un acuerdo por su cuenta, a diferencia de un juicio en el que el juez da su opinión, que debe ser acatada. Este es un proceso voluntario, pero al mismo tiempo se requiere mediación antes de ir a un juicio, en los casos de pensión alimenticia, custodia de los hijos, y la relación directa y regular entre padre y madre, interpuesta y establecer la relación que mantendrá el progenitor que no queda a cargo del cuidado de los niños

Por ejemplo, en caso de separación de los padres, si la madre quiere demandar al padre por alimentos, necesariamente estará sujeta a mediación, proceso en el que ambas partes pueden llegar a un acuerdo a su elección y así evitar juicios. Si las partes no llegan a un acuerdo, el mediador debe hacer un acta de mediación frustrada, firmada por las partes interesadas y enviarla al tribunal competente.

La ley establece los casos que pueden ser objeto de mediación

  • Relación mutua entre marido y mujer. 
  • Pensión alimenticia para los hijos
  • Pensión compensatoria para el cónyuge solicitante. 
  • La custodia de los hijos 
  • En la relación directa y regular
  • Materias relacionadas con el patrimonio familiar
  • Aspectos pedagógicos de la paternidad, como la educación. 

Si esto no se solicita en el juicio, el juez debe informar la existencia de este derecho en la audiencia preparatoria.

Donde se puede solicitar la mediación familiar

Dependiendo del tema, los interesados ​​en resolver conflictos familiares pueden acceder al servicio a través de los siguientes medios:

Ya sea ajuste de pensión alimenticia, relación directa y regular (visita) o cuidado personal, pueden abordar el proceso de mediación de tres maneras:

Derivados del Juzgado de Familia

Una vez que el litigante comparezca ante el tribunal, lo derivarán a través de un sistema informático (SIMEF), donde se determinará la primera sesión de mediación. El oficial de la corte le enviará una carta indicando la fecha, la hora y el centro de mediación al que debe ir. 

Derivados de la oficina de asistencia jurídica gratuita

El responsable de la oficina de asistencia jurídica gratuita debe enviar la información de las partes al centro de mediación vía correo electrónico para que pueda dar seguimiento a la convocatoria de las partes a la primera reunión.

En estos dos primeros casos, la derivación se realizará a un centro de mediación facilitado o contratado por el Ministerio de Justicia.

No obstante, cualquiera puede acudir directamente a un centro de mediación o a un centro de mediación privado para solicitar una mediación.

Ventajas del proceso de mediación

Privacidad

Los temas tratados en las sesiones de estudio no se pueden copiar ni utilizar en artículos posteriores. El mediador también se compromete a no realizar comentarios o situaciones que se presenten dentro de la sala de mediación fuera de la misma, sin el permiso de las partes. 

Rapidez

Si bien los procesos de mediación no tienen límite de tiempo para llegar a acuerdos y continúan mientras las partes lo consideren necesario para resolver la disputa, el mediador tiene un plazo legal de 60 días naturales para completar la mediación ad hoc.

 Si necesita más tiempo, puede solicitar una prórroga de hasta 60 días. 

Igualdad

El mediador debe asegurarse de que no haya diferencia en la transacción entre las dos partes, para no imponer la opinión de uno sobre el otro.

El acuerdo es voluntario

La opción de mediación no significa que la disputa pueda resolverse en los tribunales. El proceso de mediación sólo pretende impedir el acceso a este estado, por lo que llegar a un acuerdo es opcional. En otras palabras, sólo cuando las partes así lo deciden, el proceso de mediación puede llegar a un acuerdo.

Gratuidad

Los servicios de mediación son gratuitos, excepto en los casos de mediación voluntaria u opcional.

Arturo Valenzuela
Artículo escrito por:

Abogado, Gerente Legal y uno de los socios fundadores de Equipo Defensa.

Arturo Valenzuela es Fundador de Equipo Defensa . Trabajó durante 20 años en la Administración Pública, donde se interesó en los procesos informáticos. Actualmente funge como consultor Funcional Experto para SOAINT y se especializa en Legal Tech.

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