Le asesoramos en este procedimiento acogiéndose a la Ley N° 20.720. En estos casos, el deudor manifiesta la intención de ponerle fin a su giro y negocios jurídicos, ofreciendo todo su patrimonio (bienes) a su acreedor a cambio de extinguir sus deudas permitiendo la liquidación voluntaria de empresas y garantizando una adecuada defensa laboral durante todo el proceso
Qué Dice La La Ley Sobre Liquidación De Empresas O La Quiebra De Empresas?
Según la ley y los procesos correspondientes establecidos, de forma transparente se podrá llevar a cabo la venta de los activos con que cuente la Empresa a la fecha. Con el total obtenido en esta venta y en la medida de lo posible se pagará —en la forma y en la proporción señalada en la Ley- a los acreedores hasta donde alcance el dinero, siempre considerando la absoluta protección a sus intereses, consiguiendo así la extinción total de las deudas. Algo común en la Quiebra de empresas. Similar a lo que sucede con la Liquidación Voluntaria de Personas, la ley es clara en ese sentido.
La Ley Sobre El Quiebre De Empresas
- Forzosa: cuando el acreedor demanda a la empresa deudora.
- Voluntaria: cuando la misma empresa deudora presenta su solicitud de liquidación.
La ley considera “empresa deudora”, tanto a las personas jurídicas, como contribuyentes de primera categoría, y contribuyentes de segunda (aquellos entregan boletas de honorarios por sus servicios).
Procedimientos Sobre La Quiebra De Empresas
El procedimiento comienza con la presentación de la solicitud de liquidación voluntaria ante un tribunal civil con la representación de un abogado o abogada y solicitar la nominación de un liquidador titular y suplente acompañado de una serie de documentos y al ser asignado, el liquidador deberá reunirse en varias ocasiones con los acreedores para determinar la forma en la que se llevara a cabo la venta de los bienes y finalmente, luego de haber realizado el pago correspondiente a los acreedores, el liquidador presentara ante el tribunal competente la cuenta final de la administración con el fin de obtener la resolución final con la que se extinguen los saldos de las deudas que quedaron sin pagar.
Para realizar el trámite de Quiebra de Empresas es necesario contar con ciertos documentos que mencionamos a continuación:
- Lista de los bienes que le pertenecen con el lugar donde se encuentran e impuestos que le afectan a la empresa que quiebra
- Lista de los bienes que deben ser excluidos de la liquidación (inembargables).
- Estado de deudas con nombre, domicilio y datos de contacto de los acreedores, así como de la naturaleza de sus créditos.
- Nómina de trabajadores y trabajadoras, cualquiera sea su situación contractual, con indicación de las prestaciones laborales y previsionales adeudadas y fueros en su caso.
- Su último balance (si la empresa deudora lleva contabilidad completa).
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