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¡Sí! , hace un tiempo ya es posible realizar el cambio de nombre y apellido debido a la modificación de la Ley 17.344 , siempre y cuando sea por algunas causas que ésta ley permite.

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¿Alguna vez te has sentido incómodo o incluso avergonzado al pronunciar o escribir tu nombre? ¿Te gustaría tener un nombre que refleje tu verdadera identidad y te haga sentir orgulloso? ¡No estás solo! Muchas personas tienen razones personales y emocionales para solicitar un cambio en su nombre o apellido.
En Equipo Defensa Civil, entendemos la importancia del nombre y lo que significa para ti. Es por eso que ofrecemos la mejor asesoría legal para aquellos que buscan cambiar su nombre o apellido. Nuestros colaboradores son expertos en la ley y están aquí para brindarte toda la ayuda que necesitas en este proceso emocionante y a veces complicado.
Independientemente de la razón por la que desees cambiar tu nombre, es importante saber que todo ciudadano chileno tiene el derecho de hacerlo a través de un procedimiento legal amparado por la Ley 17.344. En Equipo Defensa, nos aseguramos de que entiendas el proceso y te guiaremos en cada paso del camino para asegurarnos de que tu cambio de nombre sea un éxito.
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Preguntas Frecuentes
¡Sí! , hace un tiempo ya es posible realizar el cambio de nombre y apellido debido a la modificación de la Ley 17.344 , siempre y cuando sea por algunas causas que ésta ley permite.
- Cuando tus nombres sean ridículos o te menoscaben como persona.
- Si te han conocido por otros nombres distintos en un periodo de cinco años o más.
- Si tienes un solo apellido o ambos son iguales y tus padres no están casados o no puedes demostrar ese vínculo.
- Si deseas castellanizar o modificar la pronunciación o la escritura de tu nombre o apellido cuando no es de origen español.
Si eres mayor de edad no tienes mayores requisitos, en cambio si es menor de 18 años, este debe ser solicitado por uno de sus padres, por su representante legal o por quien tenga el cuidado personal del menor de edad.
Recuerde que una vez modificados sus nombres y/o apellidos, no se modificara su RUT, éste permanecerá tal cual estaba antes de la modificación. También debe recordar que esta modificación NO altera la filiación, entre otras cosas no afecta los derechos hereditarios.
Si quieres hacer la modificación del apellido a tus hijos debes tener descendientes menores de edad, y se pedirá en el mismo acto en que solicite el cambio de su apellido, en las partidas de nacimiento de sus hijos. Si tienes hijos mayores de edad, pueden tus hijos modificar su apellido siempre que lo quieran, si no lo quieren mantendrán su apellido inicial y no se alterará ni su herencia ni pensión.
También el cambio de nombre afecta la partida de matrimonio. Que debe solicitarse también en el escrito del abogado.
La vía administrativa sólo es posible cuando se presentan errores en la partida de nacimiento.
Sin embargo la “Ley de identidad de género”, permite que una persona mayor de 18 años y soltera solicite en oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación el cambio de su nombre y su sexo registral, es decir ¡¡se permite su modificación administrativamente!! y ¡Gratis!.
Si eres una persona transgénero con vinculo matrimonial vigente o tienes entre 14 y 18 años y deseas hacer un cambio de nombre y/o apellido, deberás solicitar a los tribunales de familia o de letras.
¡Ten en cuenta! Si buscas un cambio de apellido en el cuál hay un reconocimiento de paternidad, el proceso es otro. Si bien se realiza de forma judicial, no es por medio de la ley de cambio de nombre, sino que se tramita en los tribunales de familia por medio de una demanda por reclamación de paternidad.
¡Recuerda! Por ley solamente se puede cambiar una vez el nombre y/o apellido.
No existe un plazo fijo de duración, sin embargo, el promedio del trámite del procedimiento es de 6 meses.
Beneficios que ofrece nuestros servicios de
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-Conocerás los requisitos para poder solicitar el cambio de nombre y/o apellido.
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